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Franquicias Tributarias con las que operamos

1) Donaciones con fines culturales, sociales, y deportivos.

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Por la vía de diversas leyes de Chile, se ha determinado que ciertas instituciones son susceptibles de recibir donaciones con franquicias tributarias. En estos casos, se dan una serie de requisitos, no sólo para donante y donatario, sino además para el objeto de la donación. Desde el punto de vista del donante, la franquicia tributaria más importante la constituye la posibilidad que para efectos de la Ley de la Renta, pueda descontar, ya sea como gasto o como crédito contra el impuesto, parte o el monto total de la donación. 

 

Para optar a la franquicia no basta con dirigir la donación a alguna de las instituciones habilitadas por nuestras leyes (establecimientos educacionales, corporaciones y fundaciones sin fines de lucro, bibliotecas, organizaciones comunitarias, organizaciones deportivas, etc.), sino que además deben cumplirse con los requisitos señalados en la ley respectiva, los que pueden conocerse en detalle, ya que para cada ley especial se señala: un resumen de ésta, características de donantes y donatarios, forma de realizar la donación y de considerar la franquicia, forma de acreditar las donaciones y su destino, exenciones, liberaciones, vigencia y sanciones.


A continuación te presentamos tres leyes en las que Franquicia Total opera, y cuya franquicia tributaria, para el donante, consisten en poder utilizar parte de la donación como un crédito en contra de los impuestos:

 

a) Donaciones efectuadas con fines culturales: Art. N° 8 de la Ley N° 18.985 (ver más en el SII)

b) Donaciones efectuadas con fines deportivos:Art. N° 62 y siguientes de la Ley N° 19.712 (ver más en el SII)

c) Donaciones efectuadas con fines sociales: La Ley N° 19.885 (ver más en el SII)

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¿Qué tipo de actividades podrían realizarse mediante estas donaciones? Te dejamos aquí algunos ejemplos:

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a) Donaciones efectuadas con fines culturales: Podrán gestionarse proyectos de creación, difusión y circulación de la cultura, las artes y el patrimonio. Por ejemplo; obras de teatro, actividades musicales, danza, exhibiciones audiovisuales, etc. (ver más aquí)

b) Donaciones efectuadas con fines deportivos: Proyectos pueden financiar actividades y proyectos de fomento de la educación física y el deporte. Por ejemplo; escuelas deportivas, talleres recreativos, organización y participación en competencias, etc. (ver más aquí)

c) Donaciones efectuadas con fines sociales: Proyectos que contribuyen a superar problemas sociales derivados de la pobreza, la discapacidad y las drogas. Por ejemplo: programas de inserción laboral o centros de formación para personas con discapacidad, programas para la rehabilitación de consumo de drogas o alcohol, planes de agua potable rural, etc. (ver más aquí

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2) Franquicia Tributaria SENCE

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Es un incentivo tributario que se ha convertido en el principal instrumento legal para promover el desarrollo de programas de capacitación al interior de las empresas.

 

Básicamente, esta franquicia permite a las empresas que se encuentren clasificadas por el SII, como contribuyentes en primera categoría de la ley de Impuesto a la Renta,  sea  que  tributen  por Renta Efectiva o Renta Presunta, o se encuentren exentas de pago por perdida del ejercicio, hacer uso de un descuento  o  rebaja  tributaria,  u obtener la recuperación de la Inversión en Capacitación, al momento de presentar su declaración anual de impuestos a la renta en el SII.

 

El límite de Franquicia Tributaria que otorga el Estado a las empresas que se acogen a esta modalidad, tiene un tope máximo de 1 % de la Planilla de Remuneraciones Imponibles Anuales. En el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas, cuyo 1 % de las remuneraciones imponibles sea inferior a 13 UTM, pueden descontar, anualmente, hasta esa suma por concepto de capacitación.

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Las empresas pueden ejecutar acciones de capacitación en forma interna o bien en forma externa, contratando los servicios de Organismos Técnicos Capacitadores, OTEC, autorizados y evaluados por SENCE, o a través de Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación OTIC.  

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Para más información te recomendamos ir al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (ir a SENCE

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